lunes, 11 de marzo de 2019

Este es un documento de renuncia a la acción, al arbitraje y concesión de derechos audiovisuales a terceros, con motivo de un combate pactado, en el que un capullo maleducado se compromete a medirse conmigo en un entorno controlado. Llevaré máscara antigás para no oler sus caquitas.

Lo reproduzco a continuación:

En Burgos, a __ de _______ de 2019
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO En base al arto 20.1 LEC que legitima a los diversos actores para que manifiesten su renuncia a la acción ejercitada o al derecho en que funden su pretensión, el tribunal dictará sentencia absolviendo al demandado/os, salvo que la renuncia fuese legalmente inadmisible, motivo éste que no trasciende en este asunto.
SEGUNDO La renuncia también se base además en el arto 19.1 LEC Por el cual los litigantes están facultados para disponer del objeto del juicio y podrán renunciar, desistir del juicio, allanarse, someterse a arbitraje y transigir sobre lo que sea objeto del mismo, excepto cuando la ley lo prohíba o establezca limitaciones por razones de interés general o en beneficio de tercero.
DOCUMENTO DE RENUNCIA A LA ACCIÓN, AL ARBITRAJE Y DE CESIÓN DE DERECHOS
Yo,_________________________, varón, de ____ años de edad, con domicilio en __________________, provincia de ______________ y dirección_____________________ y con DNI no _______________, en adelante designado como el Competidor Visitante, debidamente enterado y comprendido el alcance y extensión de sus implicaciones legales, firmo ante notario este documento de renuncia a mi derecho de iniciar acción legal para resarcir una indemnización u obtener cualquier otra solución para cualquier daño o perjuicio hacia mi, mi familia o mis pertenencias aunque hayan sido acarreados durante el transcurso de mi participación libre y voluntaria, incluyendo los viajes de ida y vuelta, en el Combate Pactado, cuyos detalles se incluyen más abajo, contra D. _______________________, varón, de __ años de edad, con domicilio en ___________, provincia de ___________ y dirección _______________ y con DNI no_________, en adelante designado como el Competidor Local, en las condiciones y términos que mas adelante se detallan.
En consideración a mi participación en el Combate Pactado mencionado, yo, el abajo firmante, en representación de mi persona, mis herederos, representantes, albaceas, administradores, y beneficiarios, por la presente acepto liberar, indemnizar y eximir de toda responsabilidad al Competidor Local, a D.____________________, con DNI no_______________,
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en adelante designado como Dueño del Gimnasio, gimnasio cuyos datos se detallan más adelante,
y a los tres Vistas de Jurado, artistas marciales de reconocida trayectoria,
D.____________________, con DNI no _______________, en adelante designado como Vista Principal, a
D.____________________, con DNI no _______________, en adelante designado como Vista Lateral Primero y a
D.____________________, con DNI no _______________, en adelante designado como Vista Lateral Segundo,
a sus respectivos herederos, representantes, albaceas, administradores, y beneficiarios, y expreso mi renuncia a presentar cualquier acción, demanda ni reclamación de cualquier naturaleza bajo ningún concepto, incluyendo pero no limitado a una demanda por negligencia, que mi persona, mis herederos, representantes, albaceas, administradores, y beneficiarios pudieran interponer ahora o en el futuro, en contra de todas o cualesquiera de la personas arriba mencionadas, el Competidor Local, el Dueño del Gimnasio y los tres Vistas que harán de jueces, debido a lesiones personales, daños materiales, muerte, o accidente de cualquier tipo, que surjan durante mi participación en el combate pactado y que de alguna forma estén relacionados con él, sin importar que sea supervisado o no, ni la manera en que el daño o perjuicio haya sido causado, incluyendo, pero no limitado a la negligencia del Competidor Local, el Dueño del Gimnasio o los Vistas que actuarán de jurado.
EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD
el Gimnasio _____________, sito en la calle ______________ de Burgos, provincia de Burgos, cuyo dueño y representante legal es el Dueño del Gimnasio y sus tres empleados mencionados arriba como Vistas ofrecen sus instalaciones y servicios para la celebración de un único combate singular, a realizarse entre los dos Competidores Visitante y local, ante la única asistencia de las seis personas designadas en este documento como competidor Visitante, competidor Local, Dueño del Gimnasio, Vista Principal, Vista Lateral Primero y Vista Lateral Segundo y con las siguientes condiciones: no se hacen responsables y no ofrecen garantías, promesas o condiciones de ninguna clase, expresa o implícita, con respecto al resultado médico del combate, ni respecto de cualquier material o contenido proporcionado o existente en el gimnasio, todos los cuales son proporcionados de manera “tal cual se encuentran”.
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Al firmar este Acuerdo, POR LA PRESENTE RECONOZCO Y ACEPTO que la participación en cualquier combate, incluyendo la participación en este combate pactado con el competidor Local y cuyas reglas se detallan más adelante, tiene riesgos inherentes. Yo tengo pleno conocimiento de las características y la envergadura de todos los riesgos asociados que incluyen, pero no se limitan a: accidentes viales, ferroviarios o de vuelo durante los viajes de ida al combate y de regreso, accidentes fortuitos en el ingreso, egreso y durante la estancia en el Gimnasio arriba mencionado, accidentes y lesiones acaecidos durante el transcurso del combate, y en cualesquiera de las etapas antes mencionadas y por cualesquiera los motivos, a roturas óseas, luxaciones, contusiones, distensiones, pérdida de piezas dentales, pérdida de visión, que acarreen o no necesidad de atención médica, ya sea quirúrgica o no, y cualquier otro percance derivado de la asistencia y participación en el Combate Pactado.
Yo además reconozco que la lista de arriba no incluye todos los posibles riesgos asociados con el Combate Pactado y que la lista de arriba de ninguna manera limita la extensión o alcance de este Acuerdo.
Yo además reconozco que la sola responsabilidad acerca de tener un seguro personal de vida y accidente vigente para la fecha del Combate Pactado es mía, que su cuantía y alcance también y que el no tenerlo, siendo mi responsabilidad personal, no invalida ninguna de las cláusulas de este acuerdo ni representa razón ni motivo suficiente par aplazar la fecha del Combate Pactado.
También reconozco la autoridad de los tres jueces Vista para dirigir, detener, mandar reanudar el combate según las normas que más abajo se detallan y declaro que mi actuación se sujetará a sus requerimientos durante el Combate Pactado y mi estancia en las instalaciones del gimnasio.
Así mismo me someto al Reglamento estipulado para este Combate Pactado, que se detalla más abajo en este mismo documento.
RENUNCIA AL ARBITRAJE
Por la presente, yo renuncio a mi derecho al arbitraje, de manera total y efectos permanentes ahora y en el futuro, en mi nombre y en el de mis herederos, representantes, albaceas, administradores, y beneficiarios.
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AUTORIZACIOŃ PARA LA DIFUSIOŃ DE MI VOZ E IMAGEN
Yo, además, concedo al Dueño del Gimnasio, al Competidor Local y a los tres Vistas antes mencionados el derecho de usar la voz grabada y/o imagen del video del transcurso del Combate Pactado, de sus prolegómenos, desarrollo y conclusión hasta el abandono del gimnasio por mi parte, en cualquier entrevista, fotografía, video u otro formato obtenidos por las cámaras dispuestas para el efecto de grabar el Combate Pactado desde diversos ángulos, que incluyan mi voz y/o imagen, en cualquier medio de comunicación y de manera indefinida, para ser usado en propósitos legales incluyendo, pero no limitados a, sitios en internet, publicaciones, promociones, publicidad, archivos, investigación, incluyendo también las redes sociales, como Telegram, Twitter, Watsapp, etc., y sin derecho a ninguna contraprestación de ningún tipo, sea monetaria o no.
Por tanto, yo acepto que mi voz y/o imagen pueden ser usadas en cualquier formato de medios de comunicación y redes sociales de que dispongan las cinco personas mencionadas más arriba y que son el Dueño del Gimnasio, el Vista Principal, el Vista secundario y el Competidor Local, incluyendo medios de comunicación, que serán difundidos públicamente en sus páginas web particulares y/o comerciales o en otros sitios de internet, imprenta y retransmisión. Este permiso es irrevocable y sin pago de regalías. También renuncio a cualquier derecho de examinar o aprobar el producto creativo resultante de editar el contenido resultante de la grabación de dichas cámaras, de su musicalización y todas otras prácticas habituales de trabajo relacionado con audio y video, incluyendo la elaboración de memes, no limitándose mi renuncia a las ediciones detalladas más arriba, sino a todas las posibles.
COMBATE PACTADO PRIMERA PARTE - REGLAS GENERALES
Artículo 1 – Objeto del reglamento
El objeto de este reglamento es un combate único y privado entre el Competidor Local y el Competidor Visitante, en el lugar designado como Gimnasio en el presente documento, con la presencia exclusiva de los dos Competidores, los tres Vistas y el Dueño del Gimnasio también identificados en el presente documento, y que se desarrollará en un único asalto de duración ilimitada, que finalizará con el KO, el KO técnico o la rendición, voluntaria o forzada por sumisión, de uno de los Competidores,
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y en fecha dentro de los 15 días naturales posteriores a la firma del presente documento ante notario.
Artículo 2 – Objetivo del reglamento
El presente Reglamento constituye el marco general para la celebración del combate descrito en el artículo anterior y tiene como objetivos:
  • Definir y especificar las condiciones prácticas y técnicas por las que se regulará dicho combate.
  • Determinar el valor que hay que atribuir a las acciones y técnicas.
  • Enumerar las situaciones y prohibiciones.
  • Definir las funciones técnicas del cuerpo arbitral.
  • Establecer las sanciones y las eliminaciones, etc.
    Artículo 3 – Anti-Doping y Sustancias prohibidas
    Ambos Competidores se someterán a las reglas Anti-Doping y al Código Mundial Antidopaje.
    SEGUNDA PARTE – SISTEMA DE COMPETICIÓN Artículo 4 – Sistema de competición
    El Combate Pactado, al haberlo sido a combate único y asalto de duración indefinida, se basará en el sistema de eliminación directa.
    Artículo 5 – Sistema de emparejamiento
    No existe la necesidad de uno, al tratarse de un único combate entre dos contendientes.
    Artículo 6 - Sistema de Puntuación
    No existirá sistema de puntuación. El resultado final será la victoria por KO, KO técnico o la rendición del oponente, sea voluntaria o lograda mediante sumisión.
    Artículo 7 – Examen médico
    El examen médico se llevará a cabo dentro de los quince días naturales posteriores a la firma ante notario de este documento de manera particular por cada uno de los Competidores y se llevará el informe médico resultante para ser examinado por los Vistas una hora antes del combate.
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El examen médico incluirá las posibles afecciones cutáneas u otros problemas médicos como cortes, o enfermedades contagiosas. Habrá de incluir análisis de sangre para el VIH y la Hepatitis B y C, siendo la presencia de infección por cualquiera de las anteriores, motivo de anulación del combate.
Se incluirá la toma de muestras de orina por parte de los dos Competidores en dos pipetas estériles por cada uno, con cierre hermético y sello para prevenir su manipulación ilegal, que serán conservadas por el Dueño del Gimnasio para ser analizadas en laboratorio homologado con posterioridad, en caso de sospecharse el uso de sustancias dopantes o ilegales.
Los tres Vistas consensuarán si el combate ha de cancelarse, después de examinados los dos informes. Si uno de los Competidores pasase los exámenes y el otro no, este último se tendrá como el perdedor del Combate Pactado, sin derecho a petición de repetición de combate.
Artículo 8 – Pesaje
Los Competidores han pactado este combate sin limitación de peso ni segregación por categoría, así que se efectuará con fines estadísticos, pero no será impedimento para la realización del combate, cualesquiera que sean sus resultados.
Los Competidores deberán presentar su DNI a los Vistas para incluir su nombre en el pesaje y que conste su identidad, antes de celebrarse el combate y después del examen médico.
TERCERA PARTE – ESTRUCTURA MATERIAL
Artículo 9 – Verificación de vestimenta y protecciones
Una vez examinados, los Competidores deben pasar la verificación de indumentaria, que será conforme a lo siguiente: pantalón corto de deporte, con elástico en la cintura y longitud hasta medio muslo o menor y camiseta de deporte entallada, de manga corta, ambas prendas de licra o algodón y de color negro. Ninguna de ellas tendrá bolsillos, botones ni cremalleras.
La ropa deberá estar limpia, seca y libre de cualquier olor desagradable. Los Competidores no pueden llevar vendajes en las manos, muñecas, en los brazos o en los tobillos salvo en caso de herida o lesión y por orden de un médico. No se permitirá a los Competidores llevar joyas que puedan
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causar algún tipo de lesión al adversario como, por ejemplo, collares, pulseras, tobilleras, anillos (dedos de las manos y de los pies), piercings, prótesis, etc.
Las uñas de los dedos y de los pies deberán estar debidamente cortadas y sin bordes cortantes. Si a un Competidor el pelo le llega por debajo de los hombros, deberá llevar un gorro de deporte o recogido con gomas. Los Competidores deberán estar aseados y el pelo y la piel no deberán estar grasientos o resbaladizos. Los Competidores no deberán llegar sudorosos al inicio de la lucha. El Vista Principal puede solicitar a un Competidor que se seque en cualquier momento del combate. Estas reglas deberán ser respetadas rigurosamente
No se permitirá el uso de calzado ni guantes de ningún tipo, así como tampoco cascos ni protecciones para codos ni rodillas, permitiéndose protección dental e inguinal.
Artículo 10 – Tatami o tapiz de combate
El existente mide 8x8m, con un área exterior de seguridad de 2m a lo largo de todo el perímetro y contiene una zona central de inicio con dos líneas de 1 m de longitud paralelas, separadas 1m entre sí, para que se sitúen los Competidores al inicio del combate.
Artículo 11 – Servicio medico
El Vista Principal podrá detener el combate en cualquier momento, tanto si uno de los Competidores no puede defenderse por sí mismo o recibe tres golpes consecutivos a la cabeza como si, sin darse esas situaciones, aprecia indicio de lesión oculta, lesión aparente o lesión patente en alguno de ellos.
El Vista Principal, a continuación, comprobará el estado del Competidor golpeado y con cuidado determinará si la asistencia médica es necesaria o no.
En el tercer y quinto caso, el combate puede ser anulado, dándose la oportunidad a ambos Competidores de suscribir otro combate posterior, en los mismos términos que el actual y refiriendo al Competidor lesionado a la atención médica cercana.
El Gimnasio está situado dentro de los 500m del servicio de atención médica urgente del Servicio Nacional de Salud.
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CUARTA PARTE – EL COMBATE
Artículo 12 – Duración y término del combate
Se establece un único asalto de duración temporal ilimitada, que finalizará con el abandono voluntario por parte de uno de los Competidores, por el procedimiento de palmear con la mano o el pie a su oponente o al suelo, por KO de uno hacia el otro, o por KO técnico dictaminado por el cuerpo arbitral por mayoría de 2 a 1.
Se establecerá la posibilidad de pedir un tiempo muerto por cada uno de los Competidores, de un minuto de duración y la posibilidad de detener el combate por decisión del Vista Principal, en las circunstancias que se detallan más abajo.
En toda detención del combate los Competidores procederán a situarse en sus esquinas, sin hablar con nadie ni ingerir ningún líquido.
Artículo 13 – Anuncio y comienzo del combate
El Vista Principal, que permanecerá dentro del tatami o tapiz de combate desde el inicio hasta la conclusión del Combate Pactado, llamará por sus nombres a uno de los Competidores, momento en el que este entrará en dicho tatami y se situará con un pie tocando una de las líneas de salida y el otro detrás, con la guardia que prefiera; acto seguido, el Vista Principal llamará al segundo Competidor, que procederá a situarse en la otra línea de salida, de igual modo, ambos ya a la espera del pitido de inicio.
Se les llamará tres veces, con un intervalo de al menos 30 segundos entre cada llamada. Si tras la tercera llamada, alguno de los Competidores no se presenta en el tapiz, será descalificado y su adversario ganará por incomparecencia. El descalificado no tendrá derecho a petición de repetición de combate.
El Vista Principal inspeccionará a los Competidores para asegurarse de que no están sudorosos ni cubiertos con ninguna sustancia grasienta o pegajosa. Una vez realizada la inspección, los Competidores adoptarán su guardia, el Vista Principal pronunciará la palabra “Listos” y comenzará el combate cuando pite el silbato.
Artículo 14 –Reinicio del combate, posicionamiento
SI por cualquier motivo distinto de KO, KO técnico, rendición voluntaria o sumisión voluntaria o forzada el combate hubiera de ser detenido
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temporalmente, una vez atendida la necesidad que indujo la detención, se reanudará en las mismas posiciones que comenzó.
Artículo 15 – Salida de los límites
Se pacta para este combate que la sala esté libre de impedimentos en toda su extensión y que no haya detención del combate por salida de los límites.
Artículo 16 – Acciones legales
Será indiferente la posición de uno o ambos Competidores, respecto de estar de pie o en el suelo, para la legalidad de los golpes, agarres, proyecciones y luxaciones.
Se permitirá un contacto completo durante el combate y los siguientes golpes:
  • Con las manos, ya sea en puño con los nudillos, con la palma, con el canto, en martillo o con la parte superior de las muñecas al cuerpo, la cabeza, los laterales del cuello, los muslos y las pantorrillas,
  • Con los codos a las mismas zonas,
  • Con las rodillas a las mismas zonas,
  • Con el pie, ya sea la bola, el talón, la planta o el empeine a las
    mismas zonas, y
  • Con las espinillas, a las mismas zonas.
    Se permitirán los agarres especiales de la ropa y de cualquier extremidad, tronco y cuello incluidos.
    Se permitirán los barridos y patadas hacia y desde el suelo y todas las proyecciones y luxaciones habituales de las técnicas de Jiu-Jitsu, Judo y Karate.
    Artículo 17 – Acciones ilegales
    Serán ilegales las siguientes acciones:
  • Con las manos, ya sea en puño con los nudillos, con la palma, con el canto, en martillo o con la parte superior de las muñecas a la nuca, la garganta, los riñones y a lo largo de la columna vertebral,
  • Con los codos a las mismas zonas,
  • Con las rodillas a las mismas zonas,
  • Con el pie, ya sea la bola, el talón, la planta o el empeine a las
    mismas zonas, y
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• Con las espinillas, a las mismas zonas.
Artículo 18 – Interrupción por lesión o hemorragia
El Vista Principal debe detener el combate y solicitar la interrupción por lesión si un Competidor está temporalmente lesionado (ojo hinchado, choque frontal, etc.). La suma de estos tiempos de interrupción no puede superar los 2 minutos por atleta, en caso contrario el atleta herido perderá la lucha por incomparecencia. El Vista Lateral Primero llevará la cuenta del tiempo para uno de los Competidores y el Vista Lateral Segundo para el otro, decidido a través del lanzamiento de la moneda antes del combate y en presencia de los Competidores.
En caso de que haya un Competidor herido o sangrante, el Vista asignado para el control de su tiempo intervendrá inmediatamente.
Los utensilios de limpieza apropiados y soluciones desinfectantes estarán disponibles en la mesa del tapiz. Es labor del Vista Principal determinar si el sangrado y derrame de sangre ha sido adecuadamente detenido y puede terminar la lucha o no.
La competición se podrá reanudar una vez que el material utilizado para limpiar la sangre haya sido desechado.
Siempre que la vestimenta esté manchada de sangre, se deberá sustituir. Todos los atletas deben tener disponibles otros tres conjuntos de reserva en un lado del tapiz.
Si los Vistas, por mayoría dos a uno, consideran que un Competidor ha intentado evitar una acción o sumisión simulando una lesión, el Vista Principal reanudará el combate de la manera descrita más arriba y se anotará una infracción en contra del Competidor responsable. A la tercera amonestación, el jugador responsable de las tres infracciones será descalificado y su oponente será declarado el ganador del combate por KO técnico.
Artículo 19 – Interrupciones de la lucha
Además de los motivos médicos señalados anteriormente, el combate podrá ser detenido por motivos de consulta arbitral, amonestación por ilegalidades o por destrucción de la vestimenta de alguno de los Competidores y para que se la cambie.
En estos casos, los dos Competidores esperarán de pie en sus respectivas esquinas mirando hacia el centro del tapiz sin hablar con nadie y sin tomar
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líquidos y esperarán a que el Vista asignado les alcance una nueva muda, si procede, o se resuelva la situación y el Vista Principal los llame de nuevo al centro del tatami o tapiz de combate, para reanudarlo una vez más, según está descrito más arriba.
Artículo 20 – Criterios de Decisión
El Vista Central tiene plena autoridad para detener la lucha si considera que un Competidor está en peligro inminente, no puede resistir un golpe, una llave o estrangulación, incluso aunque no se haya sometido ni palmeado.
Si un Competidor que está en el suelo recibe tres golpes consecutivos en la cabeza sin protegerse, el Vista Principal debe detener la lucha. Inmediatamente retirará el protector dental de la boca del Competidor y determinará si necesita ayuda o no. El Vista Principal deberá entonces terminar el combate y declarar vencedor al oponente por el KO técnico.
Cuando un Competidor abandona la lucha, ya sea verbalmente o palmeando sobre el tapiz o sobre el cuerpo del oponente con su mano o su pie, el oponente será declarado como vencedor por sumisión.
Si un Competidor pierde el conocimiento debido a una asfixia técnica legal aplicada por el oponente o por un accidente que no resulte de una maniobra ilegal, el árbitro central deberá parar el combate, ayudar al deportista inconsciente a recuperar su sentido y declarar vencedor al oponente por la sumisión.
Artículo 21 – Protestas y Reclamaciones
No se admitirán protestas al final de la lucha. Podrá ocurrir una reclamación durante la lucha si uno de los Competidores piensa que se ha producido una acción ilegal o un error arbitral en su contra, pero el resultado del combate no se podrá modificar bajo ningún concepto una vez haya sido declarado el vencedor en el tatami o tapiz de combate.
La reclamación es la acción por la cual se permite que un Competidor pida al Vista Principal que detenga la acción y visione, junto con los dos Vistas Laterales, la evidencia en el video para reconsiderar el juicio emitido.
El Competidor que desee solicitar una reclamación deberá retroceder en el tatami o tapiz de combate hacia una esquina del mismo, sin bajar la guardia, al tiempo que grita “árbitro”, dentro de los 10 segundos posteriores a la situación controvertida.
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El Vista Principal deberá interrumpir la lucha en cuanto la acción de ese momento esté completada. Los Competidores deberán permanecer en sus respectivas esquinas hasta que los Vistas tomen una decisión.
Cada Competidor tendrá la posibilidad de una reclamación por combate. Si después de revisar la evidencia del video el cuerpo arbitral encuentra la reclamación justificada, entonces la dicha reclamación podrá ser usada de nuevo durante el combate. Si el cuerpo arbitral confirma su decisión inicial, el Competidor perderá la opción de una nueva reclamación para el resto del combate.
Nota: Solo las acciones técnicas podrán ser impugnadas. Las amonestaciones, la pasividad, o la brutalidad no pueden ser impugnadas por los competidores.
QUINTA PARTE – INFRACCIONES TÉCNICAS Artículo 22 – Pasividad
El deber de los Competidores consiste en estar constantemente activos para golpear y/o someter a su adversario.
Cuando el Vista Principal constate que un Competidor se muestra pasivo, deberá intentar en primer lugar estimularle dándole órdenes verbales por su nombre, seguido de la palabra “acción”, sin interrumpir el combate. Si el Competidor no cambia de actitud a pesar de la intervención del Vista Principal, este debe indicarle la pasividad levantando el brazo correspondiente a su colocación en el tatami o tapiz de combate, interrumpir el combate y pronunciar la amonestación, que será anotada por el Vista correspondiente al Competidor amonestado, tras lo cual el combate se reanudará en la posición de inicio.
Las amonestaciones por pasividad serán verbales y la quinta amonestación comportará la descalificación por pasividad.
En caso de que en la lucha en el suelo se llegue a un punto de tablas o no progresión, el Vista Principal podrá interrumpir la lucha y hacer que los Competidores empiecen desde la posición de inicio.
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La pasividad incluye:
  • Abandonar el tapiz sin permiso.
  • Tardar demasiado en volver al centro del tapiz para la reanudación.
  • Huir de la posición evitando la lucha en pie o en el suelo.
  • El falso comienzo, que es empezar o reemprender la lucha antes de
    que lo indique el Vista Principal.
    Artículo 23 – Otras infracciones técnicas
    Todos los golpes declarados ilegales más arriba se considerarán infracciones técnicas, más las técnicas y acciones especificas siguientes:
  • Pisar cabeza o cuello.
  • Los cabezazos.
  • Morder.
  • Meter los dedos en el ojo, oreja, nariz o boca del oponente.
  • Tirar del pelo, nariz o las orejas.
  • Slams por encima de la cintura en defensa de sumisión.
  • Clavados de proyecciones sobre la cabeza.
  • Slams y proyecciones agarrando la cabeza o el cuello y cayendo con
    la rodilla sobre el oponente.
  • Back splash o Senton splash. Esta ilegalidad se da cuando uno de
    los Competidores pasa a la espalda estando de pie y el otro salta hacia atrás, es la misma ilegalidad si estando de pie un Competidor salta a guardia y el contrario salta hacia adelante.
  • Uso de los dedos en técnicas de estrangulación en la garganta o tráquea.
  • Torsión de la cabeza, cuello y llaves de pierna en torsión.
  • Llaves de talón interiores o exteriores.
  • Giro de mandíbula o barbilla.
  • Crucifijo – Llave Nelson completa – Neck cranck.
  • Coger menos de 4 dedos de la mano o del pie.
  • Usar sobre la piel cualquier tipo de sustancia, linimento, vaselina o
    utilizar gasas o cualquier tipo de material de protección sin la
    autorización del Vista Principal.
  • Fingir estar herido.
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Y para que conste, yo declaro haber leído este documento ante notario, haberme sido explicados por él todos los términos en él contenidos y habiéndolos entendido, firmo mi conformidad con todos ellos,
En la notaría Palacios Gil de Antuñano, sita en la C/ Vitoria 9 de Burgos, a __ de _________ de 2019,
el firmante, D.__________________
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